Establecimientos obligados a conectar su alarma a la Central Receptora de Alarmas (GRADO 3)
Existen varios establecimientos que, en función de la naturaleza y características de su negocio, están obligados a disponer de sistemas de seguridad específicos. En febrero de 2011 el Ministerio del Interior dispuso una serie de cambios relacionados con las medidas de seguridad de las empresas, concretamente con aquellos locales o negocios que deben adaptar sus medidas de seguridad al Grado 3.
¿Qué significa contar con un sistema de seguridad de grado 3?
La Norma UNE establece cuatro grados de seguridad en función del riesgo. El grado 3 (riesgo medio/alto) hace referencia a aquellos establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad, así como otras instalaciones o comerciales o industriales a las que, por su actividad u otras circunstancias, se les exija disponer de conexión a central de alarmas, o, en este caso, un centro de control.
